lunes, 23 de febrero de 2015

LOS PELIGROS Y RETOS DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN COLOMBIA


José Luis Sánchez Cardona

En los últimos años se han intentado realizar reformas constitucionales concernientes a realizar un cambio en la administración de justicia, buscando crear una justicia transparente, ágil y eficiente, aunada a la incorporación de nuevos estatutos jurídicos como el Código General del Proceso, el Código Contencioso Administrativo y menos reciente como el Código Procesal Penal. Sin embargo, esta implementación no ha sido de utilidad, en el momento de hablar de un acceso a la administración de justicia, el cual implica contener dos elementos: 1) el sistema debe ser igualmente accesible para todos y 2) el sistema debe tener resultados individual y socialmente justos. 

En esta línea, afirmo que el problema del acceso a la justicia no se mejora con el aumento de leyes que den más derechos, por el contrario se convierten en un obstáculo más, el cual no contribuye a superar las barreras económicas, sociales, culturales y geográficas, originadas por las características de Colombia; por el contrario, convierte el acceso a los tribunales como una garantía, pero en clave de oportunidades y de eficiencia.

Para explicar esta tesis, tomo como ejemplo instituciones como el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia regulado en el Código Contencioso Administrativo, el cual como su nombre lo indica unifica las sentencias que se pueden proferir sobre un mismo tema, buscando garantizar la igualdad, pero para acceder a ellas se tiene como causales superar determinados montos económicos, haciéndonos preguntar ¿Se puede unificar jurisprudencia para una persona que no tenga grandes pretensiones económicas, pero que este medio es el único posible para que se vean cumplidos sus derechos?. Otro ejemplo que compone el acceso a la justicia son los continuos preacuerdos entre el procesado y la Fiscalía, con la pretensión de una rebaja de la pena, llevándonos a preguntar: ¿el acceso a la justicia de la víctima de forma rápida, se justifica con el detrimento de las garantías del procesado, a través de un derecho negocial?

De los ejemplos expuestos, deduzco que el acceso a la justicia en Colombia se convierta en una arma de doble filo, ya que vende la imagen que con las leyes vanguardias de ciertos derechos el acceso a la justicia sí se puede obtener de forma rápida y eficiente, a través de la unificación de la jurisprudencia bajo un discurso de igualdad, y de los preacuerdos en el proceso penal como institución que garantiza el derecho de las víctimas con el estandarte de una justicia pronta. 

Para terminar este breve escrito no puedo negar que el acceso a la justicia debe contener un sentido social y que sea eje de la convivencia y armonía de la sociedad, no obstante, ello no puede significar que los valores fundamentales de la tradicional justicia procesal y los derechos deban ser sacrificados, ya que como lo dice Cappelleti, en ninguna circunstancia debemos estar dispuestos a vender nuestras almas por la búsqueda de una justicia rápida y eficiente. Así que la academia, la sociedad y los políticos están llamados a pensar en una política integral de acceso a la justicia que permita a las personas que se les garanticen sus derechos, sin utilizar herramientas populistas que atentan contra los principios de un Estado democrático.

lunes, 16 de febrero de 2015

UNA BREVE OPINIÓN SOBRE LA ORIENTACIÓN POLÍTICA DE LA INVESTIGACIÓN SOCIAL, CRÍTICA Y TRANSFORMADORA


Por: Gonzalo Galindo Delgado

Es frecuente encontrar explícita o implícitamente en el trabajo de investigadores sociales, aquella diferencia originaria entre el juicio sobre el hecho y el juicio de valor; entre la descripción y la prescripción; entre el saber y la crítica; entre la doxa y la episteme. 

Más allá de los desarrollos que han concluido en el campo de las ciencias exactas la impropiedad de la rígida separación entre sujeto y objeto, hay que decir que en el campo de la investigación tal escisión se vislumbra aún más impropia, pues sus objetos y lo que puede decirse de ellos están surcados por posiciones filosófico-políticas y morales.

Lo cierto es que, sin embargo, algunos pretenden sostener su discurso en el sitial de la técnica, la imparcialidad y la pureza. Lo que no tendría que ser necesariamente grave, sino se tratase de investigadores cuyo trabajo pretende transformaciones sociales democráticas y críticas de -como leía en estos días- ¨el desorden establecido¨.

El trabajo académico transformador -en su sentido más profundo y político- debe estar orientado estratégicamente por unos criterios que permitan golpear las ideas, sujetos y prácticas que agencian la desazón y la injusticia social; y estimular las ideas, sujetos y prácticas que trabajan por una transformación radical de la vida en sociedad. En otras palabras, la investigación socio-crítica debe coadyuvar a unos actores muy específicos y, al mismo tiempo, denunciar y desarmar a otros actores determinados. No hay lugar para las ingenuidades.

De manera que, volviendo al principio, la razón política debe atravesar la agenda del saber: su método, su objeto, su punto de vista. Para poner un ejemplo -del campo en el cual estoy inmerso-, se puede investigar sobre las fallas en la legalización de la marihuana en Uruguay con el objeto de desacreditar tal política, como se puede investigar sobre algún conflicto socio-ambiental en Colombia con la finalidad de denunciar el despojo ecológico y social. Que no se pretenda, entonces, que mientras reflexionamos e investigamos desaparece nuestra calidad -consciente o inconsciente- de actores políticos.

lunes, 9 de febrero de 2015

EL ELOGIO DE LA CURIOSIDAD


Gabriel Ignacio Gómez

El propósito de este texto consiste en reivindicar una capacidad tan relevante para el ser humano, pero a la vez tan desestimulada por el sistema educativo y la sociedad, como lo es la curiosidad. Me refiero a esa disposición consistente en preguntarnos constantemente por el mundo que nos rodea, por nuestra condición humana, por nuestra historia, por nuestra sociedad, así como por el lugar que ocupamos en ella. Igualmente, me parece fascinante la posibilidad de indagar por el sentido de esa construcción social denominada “el Derecho”, por las condiciones sociales y culturales que han hecho de este un discurso tan relevante en una sociedad en la que las normas no se obedecen, por las relaciones de poder entre los diferentes sujetos sociales, por los múltiples significados que emergen sobre los derechos, por las prácticas que producimos y reproducimos en un contexto social tan turbulento y paradójico como el colombiano.

Sin embargo, esa curiosidad que nos permitiría repensarnos, encuentra limitaciones en las estructuras sociales, en la institucionalidad académica y en las prácticas culturales de una sociedad de consumo, que han reducido la educación a un acumulado de información o a un simple entrenamiento técnico para el trabajo. Por tal razón, con esta reflexión, quiero reivindicar la importancia de preguntar y cuestionar, de explorar nuevos horizontes, y a la vez, por medio de tal ejercicio, provocar la reflexión sobre el sentido de los estudios en Derecho en Colombia. Para tal fin, quisiera iniciar este texto contando algunas de mis experiencias personales como antiguo estudiante de Derecho, para luego, compartir varias reflexiones que he construido posteriormente como profesor e investigador en temas de Derecho y Sociedad.  


El malestar de la educación en Derecho

Al comenzar a  escribir estas líneas, se me vinieron a la memoria muchos episodios que, de alguna forma, incidieron en mi postura crítica frente a ciertas tradiciones formalistas, así como a la instalación de algunas prácticas curriculares y no curriculares en las facultades de Derecho. Solo me referiré a dos de ellos. Sin embargo, debo aclarar, en primer lugar, que estudié mi carrera buscando el horizonte de la Ciencia Política en una época en que no existía este tipo de estudios en el país, y para mi sorpresa, la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas en la que estudié, resultó parecerse más a una escuela de leyes orientada, en términos generales, a la defensa de la tradición, la familia y la propiedad, que a un espacio educativo que permitiera pensar los retos que exigía una sociedad compleja.

Pero bueno, vamos a las historias. Transcurría el año de 1988, era una época de enormes tensiones sociales y políticas en la ciudad, en el país y en el mundo. En el escenario local y nacional, la violencia política y las violaciones a los derechos humanos estaban al orden del día, y en el escenario internacional, múltiples vientos de reforma y de cambio político y económico auguraban una transformación del orden mundial. Aun así, estas realidades difícilmente tocaban el contenido de los cursos, o la sensibilidad de muchos de mis profesores, que reproducían un plan de estudios que permanecía casi inmodificable desde mediados del siglo XX. Recuerdo también una situación que nunca olvidaría, y que reflejaba la mentalidad de la época y de la institución en la que estudié. En el curso de “derecho civil, bienes”, el profesor, que era relativamente prestigioso como profesional y encajaba bien en aquella categoría tan simbólica en su forma, como vacía en su contenido, como la del “Jurista”, preguntaba: “¿por qué razón el derecho real de propiedad implica la exclusión de otras personas del uso, goce y disposición de un bien, en favor del titular del derecho?”. “¡Que interesante pregunta!”, celebraba yo silenciosamente. Luego de  intentar elaborar un argumento basado en mis incipientes lecturas sobre economía o sociología, o de aventurar un segundo argumento histórico haciendo uso de las nociones de derecho romano, pedí la palabra de manera optimista, esperando quizás, que el “respetado jurista” validara la necesidad de reflexiones sociales o históricas, o al menos, permitiera iniciar un debate enriquecedor sobre un tema tan fascinante como complejo. Sin embargo, luego de expresar mis reflexiones, mi frustración no pudo ser mayor al encontrar la negativa rotunda del profesor a mis intentos argumentativos. Para él la respuesta era tan sencilla y contundente, como castrante y desmotivadora. Para “el jurista”, la respuesta se resumía en la siguiente oración: “La propiedad privada excluye a los otros porque así lo ha establecido el código civil”.  No fue la primera vez que sentí ese malestar enorme, ni sería tampoco la última; aún hoy habría muchos estudiantes que pueden quedar satisfechos con este tipo de respuesta, quizás suficiente para algunos de esos “juristas”, pero tan carentes de contenido en una sociedad necesitada de conocimiento y reflexión.

Otra de las imágenes que se me vino a la memoria, esta vez relacionada con las prácticas evaluativas, tiene que ver con un prestigioso profesor de derecho procesal civil. Para el “jurista” de turno, era necesario que los estudiantes aprendieran de memoria el código respectivo para presentar sus exámenes, y validar así el conocimiento admisible y autorizado sobre el tema. En alguna ocasión, el “jurista” en mención hizo un examen cuya pregunta consistía en reproducir de memoria el artículo 418 del código de procedimiento civil. Yo, que durante años me había resistido al aprendizaje nemotécnico, tuve que adaptarme estratégicamente al engranaje educativo y desarrollar métodos de estudio, que más que enseñarme a pensar, servían para presentar exámenes y responder lo que los profesores querían escuchar. En este caso, la sorpresa fue mayor al saber que el profesor me había rebajado la calificación por no usar en la respuesta, una palabra precisa del código, sino un sinónimo que no alteraba el contenido fundamental.

Estas situaciones que acabo de recordar, y que para algunos no pasarían de ser simples anécdotas, eran síntomas de unas mentalidades y prácticas que se habían instalado y reproducido en el espacio educativo del Derecho. Claro, algunos de ustedes me podrían decir, que eso fue antes de la Constitución del 91, o que tales situaciones sólo se presentaban en universidades católicas y conservadoras, y que afortunadamente esas mentalidades y prácticas ya no perduran en las facultades de Derecho en la actualidad, y menos aún, en las universidades públicas. Quisiera pensar lo mismo, pero francamente tengo mis dudas. Si bien desde hace dos décadas ha habido transformaciones significativas en la cultura jurídica colombiana, en buena parte como consecuencia de la Constitución de 1991 y de los desarrollos jurisprudenciales promovidos por la Corte Constitucional, ello no implica que las prácticas educativas ni que los presupuestos sobre las relaciones entre el Derecho y la sociedad hayan cambiado sustancialmente.


Reinventar el “habitus” de los abogados

Hace algunos años, en una investigación que algunos profesores de varias facultades de Derecho de la ciudad desarrollamos conjuntamente, llamada “La investigación, la producción y las prácticas del saber jurídico en las facultades de Derecho en Antioquia”, pudimos hacer una reflexión más elaborada, sobre lo que inicialmente eran simplemente intuiciones y sospechas. De la mano de perspectivas críticas en sociología de la educación y sociología del derecho, intentamos proponer una explicación sociojurídica de esa paradoja en virtud de la cual se observaba, de un lado, un interés institucional por promover la investigación, y del otro, un medio educativo que parecía privilegiar las certezas sobre las preguntas. Nuestros hallazgos indicaban que la estructura curricular, la cultura jurídica predominante, basada en una concepción normativista del derecho, y las prácticas académicas existentes, promovían más la reproducción del conocimiento, que el cuestionamiento del mismo. Con base en el concepto de “habitus” propuesto por Bourdieu (Bourdieu & Wacquant, 1992), es decir, ese conjunto de predisposiciones y disposiciones a través de las cuales los sujetos clasifican y entienden el mundo, argumentamos que la educación en Derecho ha incidido en la formación de un “habitus” de los abogados.

En tal sentido, los abogados reproducimos una serie de conceptos que asumimos como presupuestos incuestionables, como por ejemplo, el Estado-Nación, el Derecho Estatal, o la Soberanía. Igualmente, incorporamos esas categorías en nuestra forma de nominar el mundo, en la manera de construir simbólicamente nuestra sociedad, sus relaciones y sus sujetos. Se trata de disposiciones en virtud de las cuales nuestra relación con la sociedad se basa más en el juicio y en la construcción de problemas jurídicos, que en la comprensión y el entendimiento de los conflictos sociales que buscamos transformar. A partir de esa perspectiva tan limitada, no sólo leemos el mundo, sino que lo inventamos de acuerdo con un sistema de creencias que, de un lado, universaliza lo que fue creado con base en la modernidad Europea, y del otro, normaliza las enormes injusticias y arbitrariedades de una sociedad semiperiférica, clasista, racista, patriarcal, homofóbica, y tremendamente violenta, como la sociedad colombiana. Nuestro saber, se ha parecido entonces más a una tecnología legal repleta de las certezas que aprendimos de nuestros profesores “juristas”, con sus cuadernos amarillos y sus códigos corroídos por el paso del tiempo.  Ese saber tecnológico, ha reducido el espectro de las preguntas posibles sobre el Derecho a interrogantes fundamentalmente descriptivos sobre la validez y la vigencia de las normas,  disminuyendo la posibilidad de buscar otros horizontes de conocimiento.

Pero claro, el panorama no es tan sombrío. Afortunadamente, también nos encontramos con sujetos inquietos, que desde perspectivas como la ciencia política, la criminología crítica, el nuevo constitucionalismo, la filosofía y la teoría del derecho, la historia, la sociología del derecho, y en general, las ciencias sociales, han comenzado a trazar nuevos interrogantes. Estos sujetos son quienes desde sus múltiples influencias teóricas y experiencias profesionales y vitales, se han atrevido a problematizar el saber jurídico basado en la reproducción y en la formación de litigantes acríticos, para desarrollar lo que Paulo Freire ha denominado “curiosidad epistemológica” (Freire, 2004:13). Esta postura ha implicado igualmente una revisión de una “educación bancaria”, que se basa en la institucionalización del principio de autoridad, en el establecimiento de jerarquías entre docentes y estudiantes, y en la reproducción del saber; para promover una  “educación problematizadora”, es decir, formas alternativas de relación entre el docente y los estudiantes, en virtud de la cual se desvanezcan las jerarquías, se reconozcan diferentes saberes y se parta de un diálogo constructivo e imaginativo que permita problematizar el conocimiento (Freire, sf). En tal sentido, nos corresponde a todos esos nuevos sujetos, ya sea como profesores, investigadores, estudiantes, litigantes críticos y operadores jurídicos progresistas, potenciar la reflexión crítica, que permita formular nuevos interrogantes; transitar por nuevas rutas teóricas y prácticas; desmitificar las viejas creencias; interrogar los textos y los contextos desde otras perspectivas;  y, al final de cuentas,  perder el miedo a pensar libremente.


El sentido de repensar la educación en Derecho

Para finalizar, diría que, la formación en Derecho, debe tener clara su misión con la generación de conocimiento mediante el estímulo a la problematización y la curiosidad epistemológica. Ello supondrá entonces asumir varios retos:

1. Replantear los marcos teóricos normativistas desde los cuales se ha reducido el conocimiento del derecho a una indagación por las normas y las instituciones estatales.
2.Incorporar herramientas teóricas y metodológicas, que más que limitar la imaginación, sirvan para potenciar la generación de conocimiento nuevo y relevante socialmente.
3. Establecer mayores relaciones entre el derecho y los contextos sociales, políticos y culturales desde los cuales nos formulamos estos problemas.
4.Reconocer, de un lado, la pertinencia y relevancia del diálogo interdisciplinario, y del otro, la importancia  del diálogo entre teoría y práctica. Tal como lo ha sostenido Boaventura de Sousa Santos en múltiples ocasiones, la teoría sin la práctica no sería más que un ejercicio irrelevante, y una práctica sin fundamentación teórica, no sería más que un activismo ciego (Santos, 2003; 2009). 

Quiero finalizar este escrito manifestando mi optimismo en las posibilidades de transformación de nuestra sociedad. Es posible que en el futuro, como consecuencia de los procesos de transformación cultural y de fomento a la curiosidad epistemológica, se generen espacios más democráticos, incluyentes, respetuosos y deliberantes.



Referencias

Bourdieu, Pierre y Wacquant, Loïc. (1992) An Invitation to Reflexive Sociology. Chicago: University of Chicago Press.

Freire, Paulo. (2004). Pedagogía de la Autonomía. Paz et Terra.

Freire, Paulo. (S.F.). Pedagogía del Oprimido. Disponible en http://doctoradosociales.com.ar/wp-content/uploads/FreirePedagogiadelOprimido.pdf

Santos, Boaventura de Sousa. (2003). La caída del Ángelus Novus: Ensayos para una nueva teoría social y una nueva práctica política. Bogotá: ILSA, Universidad Nacional de Colombia.

Santos, Boaventura de Sousa. (2009). Sociología Jurídica Crítica. Para un nuevo sentido común en el Derecho. Bogotá: ILSA. 

lunes, 5 de enero de 2015

COLOMBIA: CARTA ABIERTA A UN INQUISIDOR DEL PENSAMIENTO CRÍTICO


Después de la sanción impuesta por el Procurador General de la Nación basada en las pruebas que habían sido declaradas ilegales por la jurisdicción en primera instancia, en días recientes el profesor universitario Miguel Ángel Beltrán ha sido condenado por el Tribunal Superior de Bogotá, en fallo de segunda instancia, a 100 meses de prisión por el delito de Rebelión. Por lo que a continuación revivimos su posición crítica presentada en la siguiente carta que escribió al momento de su destitución:

Doctor Alejandro Ordoñez

Ilegítimo Procurador General de la Nación

Guió don Quijote, y habiendo andado como doscientos pasos, dio con el bulto que hacía la sombra,
y vio una gran torre, y luego conoció que el tal edificio no era alcázar, sino la iglesia principal del pueblo, y dijo:
-Con la iglesia hemos dado, Sancho.
-Ya lo veo -respondió Sancho-. Y plega a Dios que no demos con nuestra sepultura;
El Quijote. Miguel de Cervantes Saavedra

El pasado 4 de septiembre tuve conocimiento a través de los medios oficiales de comunicación de la decisión tomada por su despacho de destituirme de mi condición de docente de la Universidad Nacional de Colombia e inhabilitarme por 13 años para ejercer cargos públicos; un fallo que llama la atención tanto por la sevicia con que pretende eliminarme del espacio público y universitario, como por la pobreza intelectual y argumentativa que acompaña el mismo, haciendo uso de pruebas ya superadas en el proceso judicial y limitando el legítimo derecho a la defensa que me asiste.

La investigación disciplinaria en mi contra la inició su despacho con base en una noticia publicada por el periódico El Espectador, el 27 de mayo de 2009, circunstancia que -como lo anotó en su momento mi defensa- dejaba en claro su interés específico en el caso, y aunque la investigación fue asignada al Procurador 1º. Delegado para la vigilancia administrativa, no escapa a mi entendimiento que Usted funge como “titular y jefe único del Ministerio Público, ante el cual todos los demás funcionarios que trabajan en la procuraduría son subordinados, incluyendo desde luego el mencionado procurador delegado y los abogados y abogadas que le asisten en su función, junto con todos y cada uno de los procuradores judiciales en lo penal”.

¿Podría esperarse una decisión distinta de una entidad oficial donde algunos de sus empleados han sido designados no por sus capacidades y competencias jurídicas, menos aún por sus calidades éticas, sino como parte de un entramado clientelista, en el que Usted, como cabeza visible de ese organismo, vinculó laboralmente a personas ligadas con lazos familiares o de amistad a servidores públicos que intervinieron para su reelección como procurador? La ecuanimidad no ha sido precisamente una de las virtudes que ha caracterizado su ejercicio profesional; su flagrante violación al artículo 126 de la Constitución Política Nacional, así lo corrobora.

También habla de su falta de imparcialidad el hecho de que antes de iniciar el proceso disciplinario en mi contra, se hubiese pronunciado públicamente señalando la validez de los supuestos computadores del guerrillero de las FARC, abatido en Ecuador, “Raúl Reyes”, impugnando la decisión de la Corte Suprema que declaró su ilegalidad y aduciendo que se obtuvieron “en un contexto de lucha contra el terrorismo, al amparo de la seguridad nacional e internacional, en el marco del desarrollo de un conflicto no internacional”, eliminando así las garantías mínimas para un proceso justo.

Curiosa “justicia” la de este país tanto tiempo consagrado al Sagrado Corazón de Jesús, donde el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC (adscrito al Ministerio de Justicia y del Derecho) niega mi condición de servidor público para mantenerme durante más de dos años en una prisión de alta seguridad, junto con peligrosos paramilitares, narcotraficantes y guerrilleros; mientras que su Ministerio Público ratifica tal condición para iniciarme una investigación disciplinaria, en el momento en que los jueces validaban una captura ilegal, producto de mi secuestro, tortura y expulsión de México; acción en la que, cabe anotar, participaron funcionarios públicos colombianos y sobre la cual no hay la más mínima alusión en su pliego de cargos, pese a que fueron puestos de presente ante la Viceprocuradora General, por una delegación de reconocidos juristas mexicanos, y circunstancias que yo mismo relaté en mi testimonio ante la juez cuarta penal del circuito especializado de Bogotá, en presencia de la Procuradora Penal II que allí concurría en calidad de agente especial de su despacho.

¿Olvidó Usted y su delegada que como entidad que representa a los ciudadanos frente al Estado es un deber de la Procuraduría “vigilar el cumplimiento de la constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del pueblo; y defender los intereses de la sociedad” (Art. 277 de la Constitución Nacional)? ¿Es esta la democracia garantista que tanto se enorgullecen los gobernantes colombianos?

El fallo que ha proferido su despacho causa indignación porque siendo Usted constitucionalmente el garante de los derechos fundamentales de la sociedad colombiana ha sido el primero en pisotearlos; sin embargo, no es un azar que provenga de alguien que ha militado en la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (Fraternitas Sacerdotalis Sancti Pii X), la misma que en cabeza del ex arzobispo Marcel Lefevbre calificó la dictadura argentina -en la que hubo más de treinta mil desaparecidos- como “un gobierno de orden, que tiene principios”; y que a través del obispo británico Richard Williamson –ordenado por el mismo Lefevbre- afirmó que el holocausto era “un mito prefabricado” y que “ningún judío había muerto en la cámara de gas” (El País, febrero 1 de 2009).

Ante sus correligionarios Usted puede ufanarse de ser un consecuente soldado de los caballeros templarios porque en pleno siglo XXI anuncia con sus trompetas de guerra que el aborto es un delito de lesa humanidad; porque persigue con su espada católica las uniones entre homosexuales; porque reivindica la Iglesia que legitimó el genocidio contra los pueblos originarios de América y ejerció el “santo oficio de la inquisición” a través de la tortura, la hoguera y el descuartizamiento; porque justifica los miles de “infieles” que murieron a mano de los cruzados; porque guarda en una de las gavetas de su escritorio un índice de lecturas prohibidas ( Index librorum prohibitorum et expurgatorum) y porque asiste a las ceremonias lefebvristas que se ofician en la Iglesia de los Sagrados Corazones de Jesús y de María, de espalda a los feligreses y en latín, quizás para excluir de la santificación a quienes, además de la pobreza, sólo poseen el don de las lenguas vernáculas.

Como muchos compatriotas de mi generación me formé en escuelas y colegios que siendo públicos profesaban la fe católica, y a sus estudiantes se les exigía presentar para su ingreso la partida de bautizo, y el registro de matrimonio de los padres. Además contábamos con los servicios espirituales de un capellán, siendo obligatoria la asistencia a las celebraciones litúrgicas, que si nos atenemos a su parecer ya estaban contaminadas del “humo de Satanás” porque no se celebraban en latín. En estos centros educativos los cursos de religión constituían una asignatura más donde estudiábamos la biblia, en su edición oficial (la de Jerusalén) porque las demás estaban proscritas; fue muchos años después que comprendí que existían otros libros sagrados como el Corán, el Talmud, el Tao, o el Popol Vuh; y que en el mundo además de católicos existían protestantes, judíos, musulmanes, budistas, gnósticos, agnósticos, mormones y animistas entre muchas otras doctrinas religiosas, y, lo más importante, entendí que no era un pecado pertenecer a ellas. Así mismo, advertí que en la Iglesia católica coexistían corrientes “progresistas” y, también, “tradicionalistas” como la que Usted adscribe.

Ese conocimiento y ese respeto hacia los creyentes y no creyentes fue posible gracias a la formación que me brindó la Universidad Pública, donde la libertad de cátedra, y el pluralismo ideológico fueron siempre pilares fundamentales, como una valiosa conquista del movimiento universitario de Córdoba (1918) que se expandió a todo el continente. Son esos mismos principios los que su despacho acaba de cercenar gracias a su arbitraria decisión contando con la impasible mirada del rector de la Universidad Nacional, Ignacio Mantilla, quien frente al caso no sólo ha guardado un silencio cercano a la estolidez, sino que ha invocado el poder ilegítimo que Usted ostenta para solicitar su actuación disciplinaria sobre los trabajadores y funcionarios del Alma Mater que se han movilizado para reivindicar sus legítimos derechos. Acción que menoscaba la autonomía universitaria y que pretende ser repicada hoy por las directivas de otras universidades públicas.

Estas lejanas vivencias y aprendizajes que marcaron mis primeros años de estudio hasta concluir el bachillerato, me permiten recordarle que cuando Usted valida las supuestas pruebas del computador de Reyes y la USB, a sabiendas de que son ilícitas e ilegales y que fueron analizadas y superadas en el proceso judicial, a la vez que me señala de difundir con mis escritos el pensamiento revolucionario de las FARC; divulgar sus ideas en foros internacionales; organizar eventos en la Universidad Nacional “con sentido político” invitando a los estudiantes a que se unan a las filas de las FARC y pretender crear un centro de investigación de esta organización armada, está faltando una vez más al octavo mandamiento de la Ley de Dios “No levantarás falsos testimonios, ni mentirás”. Y digo una vez más, porque ya lo hizo en el proceso contra la Senadora Piedad Córdoba.

En su conocido catecismo el Padre Gaspar Astete nos recordaba que había tres tipos de mentiras: jocosa, la que se recurre para hacer un chiste; oficiosa, la que se dice por utilidad propia; y perniciosa, la que busca dañar al prójimo. Déjeme decirle, señor procurador, que Usted ha incurrido en las tres: ha dicho una mentira jocosa porque acusarme de que participé en eventos nacionales e internacionales para difundir el pensamiento revolucionario de las FARC francamente produce risa; ha recurrido a una mentira oficiosa para defender sus convicciones político-religiosas personales y ha dicho una mentira perniciosa que tiene como propósito mi eliminación física del campus universitario colocando en alto riesgo mi integridad personal y la de mi familia (y desde ya lo responsabilizo de las consecuencias que esta temeraria falsedad pueda tener).

Las dos primeras mentiras son pecados veniales, pero la última constituye –en la interpretación que hace el padre Astete- un pecado mortal. No quisiera preocuparlo, señor Procurador, pero sus contravenciones a los principios cristianos son muchos más graves que esto, porque además de sus mentiras perniciosas ha incurrido en perjurio ya que en el momento de su posesión, Usted Juró solemnemente que ejercería “el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones y desarrollando investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público”.

Pero Acaso ¿no pidió Usted absolver al coronel Alfonso Plazas Vega condenado por la desaparición de 11 personas en los sangrientos hechos del Palacio de Justicia? ¿No solicitó eximir de responsabilidad penal a oficiales, suboficiales y soldados judicializados por caso de “falsos positivos”(ejecuciones extrajudiciales realizadas por el Estado)en Bosconia (Cesar) argumentando que estos crímenes se hicieron para defender la institución? ¿No desestimó las contundentes pruebas contra el ex senador –y primo del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez- Mario Uribe por sus vínculos con el paramilitarismo? ¿No se enfrentó a la Corte para buscar la absolución del político Mauricio Pimento, electo gobernador del Cesar con votos amarrados a través del terror paramilitar? El filo de su espada justiciera no ha rozado ni de cerca a los servidores públicos que han defraudado el erario público, no obstante ha sido desenvainada para inhabilitar a quienes hemos disentido de las políticas oficiales, denunciado el terrorismo de Estado y propugnando por una salida dialogada al conflicto armado y social colombiano.

La Doctrina Católica enseña la obligación de cumplir con los mandamientos para alcanzar la salvación divina, esto lo consagra ya no digamos el Concilio Vaticano II, -el que tengo entendido Usted aborrece por su ecumenismo y excesiva liberalidad- sino el mismísimo Concilio de Trento. Créame que no es mi aspiración verlo abrasado por las ardientes llamas del infierno; no desearía para Usted la suerte que corrieron decenas de ejemplares de obras escritas por Marx, Descartes, Friedrich Nietzsche, José María Vargas Vila y Gabriel García Márquez, entre muchos otros, cuya quema pública Usted propició en sus años juveniles. Le aclaro sí, que no le escribí para recordarle sus deberes de cristiano que tanto lo desvelan; soy respetuoso de las creencias políticas y religiosas y estoy seguro que los dolores del alma que deben asistirle por su torcido proceder serán purificados en su fuero interior gracias el sacramento de la penitencia.

Mi carta es para hacer pública mi indignación por el reiterado daño que Usted le ha venido causando a la sociedad colombiana, prevaricando e incumpliendo sus responsabilidades como funcionario público y regando la simiente de la intolerancia, en un país donde las élites gobernantes se han caracterizado precisamente por excluir y aniquilar todo lo que se opone a sus mezquinos intereses, como lo hicieron con la Unión Patriótica, organización política y legal, a la que le asesinaron más de cinco mil militantes; y como lo sigue haciendo el gobierno del presidente Juan Manuel Santos con líderes populares que han participado en las recientes movilizaciones sociales.
Su nociva actuación no es nueva: como presidente del Consejo de Estado Usted favoreció las fumigaciones con glifosato de cultivos de uso ilícito, vulnerando los derechos colectivos de las comunidades a disfrutar de un ambiente sano y permitiendo que se atentara contra la salubridad pública y la conservación del ecosistema; de este modo despejó el camino para la aplicación de las políticas antidrogas, acrecentando la pérdida de nuestra soberanía nacional y el afianzamiento de las estrategias contrainsurgentes que han tenido continuidad bajo la actual administración.

Todavía está fresca en la memoria de los colombianos su desempeño como magistrado del Consejo de Estado frente a los procesos de la parapolítica. Particularmente, frente a la solicitud de pérdida de investidura del entonces congresista William Alfonso Montes Medina -quien reconoció haber firmado el “Pacto de Ralito” suscrito entre paramilitares y políticos para ‘refundar’ la patria- Usted se pronunció señalando que “no obran en el proceso suficientes elementos probatorios que permitan afirmar la pertenencia del congresista a los mismos, de la sola firma del documento arriba señalado no se puede inferir tal aseveración” (Bogotá, D.C., 20 de noviembre de dos 2007), pruebas que Usted minimizó y que fueron suficientes para que la Corte Suprema condenara penalmente al ex congresista a 90 meses de cárcel; Otro tanto sucedió con los congresistas Ciro Ramírez, Álvaro Araujo, Erick Morris, Jairo Enrique Merlano y Luis Humberto Gómez Gallo, entre muchos otros que la Corte condenó ¿determinaron estos complacientes pronunciamientos su nombramiento como Procurador General de la Nación?

¡Qué lejos estamos de aquellos tiempos en que el entonces Procurador General de la Nación, Carlos Jiménez Gómez, se levantó erguido y con pruebas en mano reveló a la comunidad nacional e internacional los nombres de 163 personas involucradas en actividades de paramilitarismo, específicamente relacionadas con los escuadrones del MAS (Muerte a Secuestradores)! Entre los comprometidos figuraban 59 miembros de las Fuerzas Armadas en servicio activo, incluido al hoy general® Álvaro Velandia Hurtado, responsable de la desaparición forzada de la estudiante Nidya Erika Bautista!. La Procuraduría ordenó la destitución de este oficial en 1995, sin embargo, siete años después Usted, como magistrado del Consejo de Estado, votó la revocatoria de la sentencia, logrando la restitución de este general comprometido en delitos de lesa humanidad.

Pero Usted también le ha hecho otros favores al paramilitarismo: a principios del 2010, por ejemplo, conceptuó que los vicios de trámite de la ley que convocaba al referendo reeleccionista, con el cual pretendía perpetuarse en el poder el ex presidente Álvaro Uribe Vélez eran subsanables y pidió que se declarara exequible. En un país donde los procesos burocráticos caminan tan lentamente, entregó su fallo dos semanas antes del tiempo previsto por la ley ¿tanta prisa tenía para garantizarle a su mentor político la posibilidad de un tercer mandato?

No nos digamos mentiras, señor Procurador (I), sus convicciones religiosas a las que refería al iniciar esta carta son solo una fachada para llevar adelante la tarea servil que le han encomendado las élites bipartidistas de este país: esto es, borrar del camino cualquier vestigio de oposición política y social; pues si con el accionar de las fuerzas militares y paramilitares en Colombia se elimina al contradictor político, y con el apoyo de la rama judicial se fabrican falsos positivos judiciales; con el Ministerio Público que usted regenta de manera ilegítima, se ha buscado inhabilitar políticamente a figuras representativas de la oposición; no de otra manera se explican las arbitrarias investigaciones que abrió contra el senador Jorge Robledo, la senadora Gloria Inés Ramírez y el concejal Jaime Caicedo, como lo hizo en su momento con la Doctora Piedad Córdoba y, ahora intenta hacerlo con los funcionarios públicos que han viajado a La Habana a entrevistarse con la delegación de las FARC . Esta mesa de diálogo con representantes del gobierno se instaló hace cerca de un año para concertar salidas políticas al conflicto armado y social colombiano ¿Pretende criminalizar, también, las expresiones de apoyo al proceso de paz? Ni el mismo senador republicano Joseph McCarthy se hubiera atrevido a tanto.

Con esta misiva pongo a su disposición mi libro La Vorágine del Conflicto Colombiano: una Mirada desde las Cárceles, que recoge relatos de vida de los protagonistas del conflicto armado y social (militares, paramilitares, guerrilleros, milicianos y delincuentes sociales), los cuales recopilé durante los dos años que estuve injustamente privado de la libertad sindicado de rebelión y concierto para delinquir. Tengo la sospecha que este ejemplar terminará alimentando sus piras bibliográficas (en su momento los guardias penitenciarios realizaron acciones similares con las bibliotecas que creamos los presos políticos en La Modelo y la Picota); lo invitó, sin embargo, a que venza sus prejuicios medievales y lo lea, quizás le ayude a recordar la verdad a gritos de los estrechos nexos que han tenido el Estado Colombiano, las Fuerzas Militares, latifundistas y políticos nacionales y locales con las organizaciones paramilitares; también le aportará algunos elementos sobre el oscuro desempeño del ex comisionado de Paz Luis Carlos Restrepo, a quien ha defendido con vehemencia su despacho.

Finalmente quisiera decirle que pese a la falta de ponderación en sus decisiones, he cumplido, a través de mi defensa, con el ritual de apelación, que Usted deberá resolver en los próximos días. Desde mi secuestro en México, el 22 de mayo de 2009, el Estado colombiano ha menoscabado casi todos mis derechos fundamentales; los regímenes autoritarios suelen instrumentalizar a organismos como la Procuraduría y a personajes como Usted para conculcar los derechos humanos y las libertades públicas, por eso no puedo más que rememorar la digna actitud asumida por el astrónomo y matemático Giordano Bruno cuando fue condenado a la hoguera por el Santo Oficio de la Inquisición:
“Bruno escucha en silencio, arrodillado delante de sus jueces. Pequeño, flaco, descarnado, con la barba oscura y descuidada, agotado por casi 2.800 días de prisión, por las privaciones, la tortura, por una inquietud que duró siete años y nunca compartida con alguien, por nadie confortado, Bruno se yergue, la mirada orgullosa y llameante. Luego se alza, mirando en derredor con una mirada torva y amenazadora, colmada de un desprecio incontenible, y pronuncia las últimas palabras de las que se tiene testimonio seguro. Son palabras ásperas, duras, que surgen de un espíritu que domina al de los jueces y de los presentes, que está más allá de la muerte ya inminente. Son palabras proféticas que, sin que nadie las comprenda, anuncian el futuro de la Iglesia y tal vez, de la humanidad: ‘Tal vez tenéis más temor vosotros al pronunciar mi sentencia, que yo al recibirla’ [Primitivo Martínez Fernández. La Inquisición. El Lado Oscuro de la Iglesia]

Atentamente,
Miguel Ángel Beltrán Villegas Profesor Asociado. Universidad Nacional de Colombia
Bogotá, octubre 3 de 2013