jueves, 27 de febrero de 2020

CARTA ABIERTA AL ALCALDE DE MEDELLÍN DANIEL QUINTERO CALLE: ¡LA UNIVERSIDAD NO ES UN CAMPO DE BATALLA!


El pasado jueves 20 de febrero Usted, señor alcalde de Medellín, puso en ejecución el llamado “Protocolo de Reacción Contra Explosivos en Universidades”, comunicado público en el cual consta una decisión sui generis, justificada en hechos eventuales y que fue conocida por la ciudadanía de manera informal –a través de twitter– y no por los medios de publicidad oficiales definidos por la ley para los actos de las autoridades municipales y con tal trascendencia social. A través de este protocolo usted autorizó la entrada del ESMAD a los predios de la Universidad de Antioquia, con el pretexto de prohibir el uso de explosivos en su interior por parte de los encapuchados.

Como Claustro de Profesores y Profesoras de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, manifestamos que siempre hemos abogado por un tratamiento diferente –no violento– a los conflictos sociales y políticos, y hemos celebrado cuando las iniciativas gubernamentales van encaminadas a la construcción de paz. Por tal motivo, nos parece contradictorio y contraproducente tratar de controlar una forma de protesta calificada como violenta, con el ejercicio de más violencia al interior de la Universidad, por demás desproporcionada y sin ponderación alguna de los derechos en juego.

Las instituciones de educación superior, y de manera específica las que se mantienen públicas, han sido escenarios de disputa de distintos actores, como una manifestación de los conflictos históricos que ha vivido nuestro país durante décadas. La experiencia nos ha enseñado que los proyectiles lacrimógenos y los “bolillazos” indiscriminados, entre otras formas de control, nunca han solucionado nada, al contrario, ha atizado el escalamiento de las rabias, desencuentros y enfrentamientos que nos obstinamos en superar.

Al respecto, señalamos algunos aspectos relacionados con la acción de la fuerza pública en el hecho señalado, así como su actuación en calidad de alcalde de la ciudad, invitando con ello a encontrar de manera dialógica modos de avanzar hacia la superación de los diversos y complejos conflictos que nos atañen, siempre en el marco de una sociedad democrática.

1. Las garantías procesales y el estatuto jurídico de los bienes universitarios

Llama la atención del Claustro el supino olvido de garantías básicas para actuaciones como las del jueves 20 de febrero, en este sentido, que se haya autorizado el ingreso a la sede universitaria del ESMAD sin haber obtenido previamente una autorización judicial. Los días en que se podía ingresar sin dicha formalidad sustancial, que es una materialización del Estado de Derecho, se superaron hace casi tres décadas con la expedición de la Constitución Política de 1991.

La razón es muy sencilla: el predio universitario es un domicilio, perteneciente a una persona jurídica de derecho público, que también ostenta la protección que le dispensa el artículo 28 de la Constitución al domicilio de cualquier persona, para proteger la intimidad y el conjunto de las libertades que allí se ejercen, entre ellas la libertad de expresión, cátedra, investigación y asociación, entre muchas otras que se condensan en la garantía institucional de la autonomía universitaria.

2. Razonabilidad, necesariedad y proporcionalidad

Si usted consideraba que se presentaba una situación de imperiosa necesidad de intervención en la sede de la Universidad, lo que sólo puede verificarse a partir de una situación excepcional, imperiosa y concreta –no general como lo previó en su Protocolo–, debió emitir un acto administrativo de contenido particular, debidamente motivado, en el que constaran los hechos graves que estaban ocurriendo en dicha fecha en la sede específica de la Universidad de Antioquia, el deber ineludible de actuar y la exhibición de las medidas concretas que adoptaba para remediarlas, con la justificación explícita y el análisis ponderado de las razones por las cuales dichas medidas en el caso concreto no solo eran legítimas sino las más idóneas para conjurar la situación que en aquel momento se presentaba en la Universidad.

Aun si esa actuación estaba justificada en el orden jurídico, usted y la fuerza pública que ejecutó su orden, debieron actuar con razonabilidad y proporcionalidad, algo que notoriamente no ocurrió el jueves 20 de febrero. Los medios utilizados para enfrentar una situación de alteración de orden público, sobrepasaron elementales juicios de necesidad. La proporcionalidad no solamente se refiere a objetivos legítimos, sino también, y sobre todo, a intervenciones estrictamente necesarias para remediar la situación.

3. La ponderación de derechos

El ingreso de la fuerza pública a la sede de la Universidad con equipos antiexplosivos, armas de fuego, gases lacrimógenos y objetos contundentes, afectaron indiscriminadamente a todo lo que encontraron a su paso, vale decir, estudiantes, profesores, empleados, visitantes y los indefensos animales que habitan el ecosistema de la ciudadela universitaria. Y qué decir de todo el entorno de la universidad: transeúntes, vecinos, centros hospitalarios, establecimientos de comercio, y otros tantos perjudicados indeterminados.

Una decisión de esta índole, ha debido contemplar los efectos directos sobre otros derechos y bienes superiores como el ambiente. Al tratarse de una decisión que tiene repercusiones ambientales y climáticas, que afecta nuestra salud y el aire que respiramos, y que en nada contribuye en la gestión y reducción de los efectos de la contaminación en el ambiente y en la mitigación de los gases de efecto invernadero; ha debido también contar con la garantía de participación que prevé el artículo 79 de la Constitución frente a las decisiones que puedan afectar el medio ambiente.

El 20 de febrero, el campo educativo de la Universidad de Antioquia se transformó en un campo de batalla, afectando los derechos a la vida, a la salud, a la libertad de enseñanza, a un ambiente sano, entre otros. Y no menos preocupante, la universidad pública resulta así representada como un agente de violencia y, en efecto, transformada en un enemigo que hay que enfrentar con la fuerza.

Fue una acción desmedida que puso en riesgo lo que justamente pretendía el alcalde proteger: la vida, la integridad y la seguridad. Nada más contradictorio e ineficaz en el ejercicio de las funciones públicas. Nada más ineficiente con los recursos públicos. Nada más inconstitucional por desproporcionado. Nada más ilegítimo si de democracia y paz se trata.

4. La necesidad de intensificar la democracia

Señor alcalde, nos preocupa su llamado a una suerte de “civismo autodefensivo”, que en su retórica se compone de “pitos” y “autorregulación”. Nos alarma porque llamados anteriores a “ciudadanías vigilantes” y a mecanismos civiles para “convivir”, resultaron en la promoción y el auspicio de organizaciones para el horror y el dolor, que también padecimos en nuestra Universidad. Además, consideramos que la consagración normativa y la materialización política de protocolos en razón de la protesta deben encaminarse hacia su garantía y no para más de su regulación que existe excesivamente en codificaciones penales y de policía.

Es imperiosa la intensificación de la democracia, esto es, de la participación efectiva de las comunidades que puedan verse afectadas por medios de protesta inoportunos o peligrosos, pero además, y de manera preponderante, de aquellas que se han visto –¡Que nos hemos visto! – afectadas por la actuación desmedida por parte de los organismos de seguridad del Estado.

Por último, una invitación…

El Claustro de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas insiste en la necesidad de que el ejercicio de decisiones administrativas se desarrolle en el marco de los presupuestos del Estado Social y Democrático de Derecho, entre los cuales la garantía del principio de participación de los afectados con la decisiones, tiene un vínculo inescindible con el deber de buena administración, en la medida en que posibilita fortalecer el acervo de elementos de juicio que enriquecerán el criterio decisional.

Lo nuestro es una invitación al diálogo en procura de intensificar la democracia, promover y construir paz(es). A que recuerde su paso por esta que es su Universidad, un territorio que alguna vez lo acogió y al que usted le debe tanto.

Medellín, 26 de febrero de 2020

Claustro de Profesores y Profesoras
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Universidad de Antioquia



Carta abierta tomada de la página de Facebook de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia

martes, 29 de octubre de 2019

¡EL SEMILLERO TE INVITA AL CINECLUB VOCES, EN SU CICLO "SENTIDOS DE JUSTICIA"!

TODAS LAS PELÍCULAS SERÁN PROYECTADAS EN LA SALA DE CINE LUIS ALBERTO ÁLVAREZ, AULA 10-217 DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA





ERIN BROCKOVICH
DIRECCIÓN: STEVEN SODERBERGH
PAÍS: ESTADOS UNIDOS
AÑO: 2000

VIERNES 1 DE NOVIEMBRE DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
Erin Brockovich es una madre soltera que consigue un puesto de trabajo en un pequeño despacho de abogados. Su personalidad poco convencional hará que sus comienzos no sean demasiado alentadores, pero todo cambiará cuando decida investigar el extraño caso de unos clientes que padecen una sospechosa enfermedad. (Fuente: FILMAFFINITY)




LA ESTRATEGIA DEL CARACOL
DIRECCIÓN: SERGIO CABRERA  
 PAÍS: COLOMBIA
AÑO: 1993

VIERNES 15 DE NOVIEMBRE DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
Los vecinos de uno de los barrios más pobres de Bogotá luchan para evitar el derribo de la casa donde viven, que es propiedad de un millonario sin escrúpulos. Aunque su lucha contra la especulación y la corrupción parece perdida de antemano, ponen en práctica una original estrategia ideada por don Jacinto, un viejo anarquista español. (Fuente: FILMAFFINITY )





EL GRAN COMBATE DE MUHAMMAD ALI
DIRECCIÓN: STEPHEN FREARS 
PAÍS: ESTADOS UNIDOS
AÑO: 2013

VIERNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
En el apogeo de su carrera, el campeón de boxeo Muhammad Ali es movilizado para combatir en Vietnam. Su negativa a luchar en el ejército norteamericano debido a sus convicciones religiosas desencadena una batalla legal de la que se hace cargo el Tribunal Supremo. El punto de vista del prestigioso juez Harlan con respecto al caso choca con el criterio del joven Connolly, recién llegado al tribunal. (Fuente: FILMAFFINITY)

martes, 3 de septiembre de 2019

¡EL SEMILLERO TE INVITA AL CINECLUB VOCES, EN SU CICLO “NEORREALISMO ITALIANO”!

TODAS LAS PELÍCULAS SERÁN PROYECTADAS EN LA SALA DE CINE LUIS ALBERTO ÁLVAREZ, AULA 10-217 DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA




LADRÓN DE BICICLETAS
DIRECCIÓN: VITTORIO DE SICA
PAÍS: ITALIA
AÑO: 1948

VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
En la Roma de la posguerra, Antonio, un obrero en paro, consigue un sencillo trabajo pegando carteles a condición de que posea una bicicleta. De ese modo, a duras penas consigue comprarse una, pero en su primer día de trabajo se la roban. Es así como comienza toda la aventura de Antonio junto con su hijo Bruno por recuperar su bicicleta mientras su esposa María espera en casa junto con su otro hijo. (Fuente: FILMAFFINITY)




MILAGRO EN MILÁN
DIRECCIÓN: VITTORIO DE SICA 
 PAÍS: ITALIA
AÑO: 1951

VIERNES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
Totó es un bondadoso huérfano que vive, igual que otros muchos desharrapados, en un mísero barrio de chabolas en las afueras de Milán. Cuando en los terrenos donde viven se descubre petróleo, Totó, tan ingenuo como bienintencionado, decide enfrentarse al poderoso señor Mobbi, el dueño del suelo. Aunque contiene elementos fantásticos, constituye con "Ladrón de bicicletas" y "Umberto D." la gran trilogía neorrealista de De Sica. (Fuente: FILMAFFINITY )



Fuente: FILMAFFINITY

UMBERTO D
DIRECCIÓN: VITTORIO DE SICA
PAÍS: ITALIA
AÑO: 1952

VIERNES 4 DE OCTUBRE DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
Umberto Domenico Ferrari es un jubilado que intenta sobrevivir con su miserable pensión. Sumido en la pobreza, vive en una pensión, cuya dueña lo maltrata porque no consigue reunir el dinero necesario para pagar el alquiler de su habitación. Los únicos amigos que tiene en este mundo son una joven criada y sobre todo su perro Flike. (Fuente: FILMAFFINITY)

miércoles, 10 de julio de 2019

¡EL SEMILLERO TE INVITA AL CINECLUB VOCES, EN SU CICLO "BAJO EL LENTE DE GAVIRIA"!

TODAS LAS PELÍCULAS SERÁN PROYECTADAS EN LA SALA DE CINE LUIS ALBERTO ÁLVAREZ, AULA 10-217 DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA






LA MUJER DEL ANIMAL
DIRECCIÓN: VÍCTOR GAVIRIA
PAÍS: COLOMBIA
AÑO: 2016

VIERNES 12 DE JULIO DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
Al igual que en Rodrigo D o La vendedora de Rosas, Víctor Gaviria vuelve a sorprendernos com esta intensa historia basada en hechos reales. Amparo, una joven sumisa, al tratar de escapar de su estricto colegio de monjas cae en las manos de "el animal", un hombre abusador y violento que sin contar con su aprobación la convierte a la fuerza en su mujer. Encarcelada por el miedo de perder su vida y maltratada constantemente, se aferra al amor por su hija y al deseo de construir un nuevo camino, sin embargo su fortaleza y dignidad podrían no ser suficientes para enfrentar al cruel y despiadado animal. (Fuente: Proimágenes Colombia)





LA VENDEDORA DE ROSAS
DIRECCIÓN: VÍCTOR GAVIRIA 
 PAÍS: COLOMBIA
AÑO: 1998

VIERNES 26 DE JULIO DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
Mónica tiene 13 años y ya se ha rebelado contra todo. Ha creado su propio mundo, en la calle, donde lucha con coraje para defender lo poco que tiene: sus amigas, tan niñas como ella; su novio, que vende droga, y su dignidad y su orgullo que no le hace concesiones a nadie. En la noche de Navidad, como todas las noches, vende rosas para ganarse la vida, y para comprarse el sueño de una fiesta con pólvora, estrenar ropa, y salir con su novio. Pero la vida le depara una nueva cita con la soledad, la pobreza, la droga y la muerte. Mónica es la otra cara de una ciudad intensa y cruel como Medellín, como la de cualquier ciudad en donde los niños de la calle no tienen lugar en este mundo, en el que apenas viven el tiempo inútil de su inexistencia. Hizo parte de la Selección Oficial, del 51° Festival Internacional de Cine de Cannes - Francia, 1998, (Fuente: Proimágenes Colombia)





RODRIGO D: NO FUTURO
DIRECCIÓN: VÍCTOR GAVIRIA
PAÍS: COLOMBIA
AÑO: 1990

VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2019
HORA: 4:00 PM

SINOPSIS:
Rodrigo no tiene todavia veinte años. Está en una ventana del ultimo piso de un céntrico edificio en Medellín. Va a saltar sobre esa ciudad que lo oprime, lo llama, lo margina. No tiene otra opción, le grita a la ciudad. El tiempo se detiene y ahí está todo lo que ha sido su vida y lo que la rodea. Créditos finales: “Dedicada a la memoria de John Galvis¸ Jackson Gallegos, Leonardo Sánchez y Francisco Marín, actores que sucumbieron sin cumplir los 20 años, a la absurda violencia de Medellín, para que sus imágenes vivan por lo menos el término normal de una persona”. Primera película colombiana escogida para la Selección oficial del Festival Internacional de Cine, Cannes - Francia, 1990. (Fuente: Proimágenes Colombia)